b)Señalan que los mismos argumentos fueron puestos a consideración en apelación restringida, que incluso de
b)Señalan que los mismos argumentos fueron puestos a consideración en apelación restringida, que incluso de manera escrita y de conformidad al art. 395 del Código de Procedimiento Penal (CPP), se ADHIRIERON al recurso de casación, aspecto que puede ser acreditado por el proveído de 10 de febrero de 2017, emitido por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, que textualmente refiere: “Conforme al Art 395 del Código de Procedimiento Penal, se tiene la Adhesión al recurso de casación interpuesto por la parte imputado EDILBERTO CALDERON MORENO Y SILVIA VARON ORELLANA, concedido mediante Auto de fecha 11 de Enero de 2017” (sic)
- Por memorial presentado el 7 de julio de 2017, los imputados Sandra Noco Vargas, María
- Los impetrantes solicitan explicación y complementación argumentando lo siguiente
- b)Señalan que los mismos argumentos fueron puestos a consideración en apelación restringida, que incluso de
- c)Luego de realizar una descripción de lo que debe entenderse por Adhesión, refieren que el
- d)Refieren que no es posible la INADMISIBILIDAD de su recurso de “Casación Adherido”, que tiene
- e)Finalmente, señalando que en observancia de los valores de justicia e igualdad, su recurso debió
- II.1. Regulación normativa de la solicitud
- El art
- De la referida norma procesal penal, se tiene que las partes pueden ejercer la facultad
- Por otra parte, el párrafo segundo del precitado artículo, establece como plazo para la presentación
- II.2. Examen y resolución
- Inicialmente respecto al plazo de formulación de la pretensión, de antecedentes se establece que el
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
