Auto Supremo AS/0519/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0519/2017-RA

Fecha: 12-Jul-2017

3)Con relación al punto 4


3)Con relación al punto 4.2., acusa que el Tribunal de alzada realizó una interpretación antojadiza de la Sentencia Constitucional 619/2013-R, ya que antes del colapso de la construcción, no existía denuncia en su contra, estas nacen después del colapso, habiendo la Contraloría iniciado la Auditoria Especial, siendo sometido simultáneamente a un proceso Administrativo y otro penal, que era de conocimiento de Tribunal la existencia de un procedimiento extrapenal de la Contraloría al Gobierno Municipal; por lo que procedía dar curso a la excepción de prejudicialidad previsto en el art. 309 del CPP, ya que era necesario determinar a través de este proceso extrapenal, si hubo Contratos Lesivos al Estado y Conducta Antieconómica en la firma del contrato de construcción de la obra, siendo que el colapso del Tinglado se debió a fuerzas naturales ante la caída de una granizada inusual; por lo que, el Tribunal de alzada no efectuó una cabal interpretación de lo solicitado en la apelación restringida, vulnerando el derecho a la defensa en contradicción del Auto Supremo 230/2014 de 9 de junio