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    Auto Supremo AS/0520/2017-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0520/2017-RA

    Fecha: 12-Jul-2017

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    • Por memorial presentado el 31 de enero de 2017, cursante de fs
    • I.ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
    • De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
    • 3)Afirma que la Sentencia incurrió en errónea aplicación de la Ley sustantiva, debido a que
    • Respecto de esta denuncia, los impetrantes invocaron como precedentes contradictorios el Auto Supremo 256/2015-RRC de
    • jurisprudencia del Tribunal Supremo de Justicia que establece que la insuficiencia de la prueba da
    • Con relación a la denuncia expuesta invocó como precedentes contradictorios los Autos Supremos 97/05 de
    • El art
    • En este contexto, el art
    • Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
    • ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
    • Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
    • iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
    • recurrente deberá formular las denuncias vinculadas a la existencia de defectos absolutos, teniendo la obligación
    • Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
    • Con relación al primer motivo, en el que los recurrentes efectúan una relación de los
    • Con relación al motivo expuesto si bien invocó como precedentes contradictorios los Autos Supremos 058/2016-RRC
    • Con relación al tercer motivo, afirman que la Sentencia incurrió en errónea aplicación de la
    • Constitucional y el art
    • Con relación a la denuncia expuesta invocaron como precedentes contradictorios los Autos Supremos 97/05 de
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos

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