Auto Supremo AS/0525/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0525/2017-RA

Fecha: 12-Jul-2017

Asimismo, refiere que las denuncias de su apelación restringida no fueron consideradas por el Tribunal


Asimismo, refiere que las denuncias de su apelación restringida no fueron consideradas por el Tribunal de alzada, limitándose a concluir que son improcedentes las cuestiones planteadas por los acusados, vulnerando así los arts. 124, 173 y 370 del CPP y 115 y 116 de la CPE. Transcribiendo los fundamentos de su recurso de apelación e identificando las siguientes denuncias: a) Vulneración del art. 173 del CPP, señalando que no se llegó a valorar adecuadamente los elementos de prueba ofrecidos; b) Inobservancia o errónea aplicación de la ley sustantiva, alegando que debió aplicarse el principio del in dubio pro reo, ante la falta de prueba correspondía una sentencia absolutoria; c) El imputado no esté suficientemente individualizado; por cuanto, se le sancionó sin hacer una individualización como autor, cómplice u otro grado de participación; d) No existe fundamentación de la sentencia o que ésta sea insuficiente o contradictoria, en razón de que fue sentenciado por el delito de Secuestro y otro, sin que se haga referencia al concurso real de delitos; y, e) La Sentencia se basó en hechos inexistentes o no acreditados en valoración defectuosa de la prueba, señalando que no se llegó a hacer una correcta valoración de las pruebas testificales de cargo y se le sancionó como si se hubiera demostrado plenamente su participación y como si su persona fuese un delincuente habitual reincidente, en franca vulneración de los arts. 37, 38, 39 y 40 del CP