Auto Supremo AS/0525/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0525/2017-RA

Fecha: 12-Jul-2017

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I.ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a)Por Sentencia 47/2014 de 22 de mayo (fs. 1548 a 1565 vta.), el Tribunal Tercero de Sentencia de El Alto del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declaró a Ernesto Bermúdez Tórrez, Teresa Hinojosa Barragán y Elvich Daza Pomarino, autores de la comisión de los delitos de Secuestro y Asociación Delictuosa, previstos y sancionados por los arts. 334 y 132 del CP, imponiendo la pena de dieciséis años y seis meses de presidio al primero, trece años y seis meses a la segunda y tercera, más el pago de costas a favor del Estado y la víctima, así como la reparación del daño civil, averiguables en ejecución de sentencia.

b)Contra la mencionada Sentencia, Ernesto Bermúdez Tórrez (fs. 1711 a 1713), Elvich Daza Pomarino (fs. 1791 a 1806 vta.) y Teresa Hinojosa Barragán (fs. 1973 a 1985 vta.), interpusieron recursos de apelación restringida, que fueron resueltos por Auto de Vista 56/2015 de 21 de septiembre, dictado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que declaró admisibles e improcedentes las cuestiones planteadas en los recursos y confirmó la Sentencia apelada, siendo rechazadas las solicitudes de complementación y enmienda de la parte imputada mediante Resoluciones de23 y 25 de noviembre de 2015 (fs. 2401 y 2404).

c)Por diligencias de 2 de febrero y 22 de julio de 2016 (fs. 2406 y 2488), fueron notificados los recurrentes, con las últimas Resoluciones de alzada y el Auto de Vista impugnado; y, el 11 de febrero y 28 de julio del mismo año, interpusieron los recursos de casación, que son objeto del presente análisis de admisibilidad