Auto Supremo AS/0525/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0525/2017-RA

Fecha: 12-Jul-2017

individualización de las partes


2)Denuncia que en el fallo de alzada, se advierte insuficiente fundamentación intelectiva respecto al punto impugnado referido a la individualización del imputado, convalidando así la ilegal Sentencia 47/2014, que en ninguno de sus considerandos hizo una narración fáctica ni de los elementos probatorios que establezcan su participación indirecta en el secuestro de los esposos Taboada; vale decir, no señala cuál fue el rol que cumplió en el referido hecho, de qué forma cooperó en el secuestro. Refiere que el Auto de Vista impugnado, resolvió su reclamo en forma lacónica y escueta, en tan solo diez líneas, manifestando que sí se encuentra plenamente establecida la


individualización de las partes. Fundamenta que en el presente caso hay evidencia que fue un sujeto quien llevó a los esposos Taboada de su propio domicilio y con su vehículo, jamás se estableció que su persona fuera autora indirecta como instigadora o cómplice, lo único cierto es que su persona, materialmente nunca estuvo en el lugar; sin embargo, el hecho de que el Tribunal de juicio la declare autora indirecta, hace advertir que no tenía claro el grado de autoría que debía atribuirle, porque deliberadamente inobservó las reglas de la sana crítica, de la razón, la experiencia y el buen juicio, violentando los principios de presunción de inocencia e igualdad ante la ley, previstos en los arts. 6 del Código de Procedimiento Penal (CPP) y 116.II y 8. II de la Constitución Política del Estado (CPE)