Auto Supremo AS/0532/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0532/2017-RA

Fecha: 12-Jul-2017

Asimismo de manera específica se observa los siguientes defectos incurridos en la formulación del recurso,


En virtud a lo cual, corresponde a quien recurre de casación, motivar en términos claros y precisos la supuesta contradicción entre los argumentos del Auto de Vista y los contenidos en el precedente contradictorio que invocó; sin embargo, al respecto se tiene que el recurrente en la formulación de su recurso en el acápite titulado “Admisibilidad del Recurso” se limitó a efectuar una simple cita de los Autos Supremos sin efectuar el contraste preciso de estos con el Auto de Vista impugnado, imposibilitando establecer cuáles serían las contradicciones que se pretende sean resueltos en el fondo, omisión que no puede ser suplida de oficio por este Tribunal.

Asimismo de manera específica se observa los siguientes defectos incurridos en la formulación del recurso, lo que lleva a su inadmisibilidad:

Respecto al primer motivo en el que el recurrente alega que el Tribunal de juicio no le otorgó el tiempo suficiente para que su defensa asuma conocimiento de la causa y que al respecto el Tribunal de apelación hubiese señalado que se debió plantear recurso de reposición o pedir un plazo mayor al otorgado, sin considerar que así lo hizo y su petitorio fue negado, incumpliéndose con ello lo establecido en la ley adjetiva penal con relación a los arts. 115. I y II, 116, y 119.I y II de la CPE y el entendimiento establecido en la Sentencia Constitucional 942/2013 de 24 de junio. Así también alega que el Juicio Oral se hubiera llevado a cabo en base a dos acusaciones que se hubieran acumulado (conexitud) aspecto no correcto de acuerdo al art. 67 de la Ley Adjetiva Penal, ya que los hechos acusados hubieran sido en distintos lugares y tiempos, vulnerándose el debido proceso y por ende infracción al art. 169 del CPP, así como Convenciones, Tratados Internacionales, el derecho a la defensa y Pacto de San José de Costa Rica