Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0550/2017-RRC
Fecha: 14-Jul-2017
I.1.2. Petitorio
I.1.2. Petitorio
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Por memorial presentado el 28 de octubre del 2016, cursante de fs
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I.1.1. Motivos del recurso de casación
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Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 164/2017-RA de 17 de marzo,
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1)El recurrente refiriendo que los hechos juzgados, son de carácter civil por corresponder a un
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2)El Tribunal de apelación no habría advertido que la Sentencia incurrió en el defecto previsto
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I.1.2. Petitorio
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El recurrente solicita que se anule el Auto de Vista impugnado y se emita uno
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I.2. Admisión del recurso
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Mediante Auto Supremo 164/2017-RA de 17 de marzo, cursante de fs
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II.1. De la Sentencia
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II.3. Del Auto de Vista impugnado
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La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, mediante el Auto de
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Este Tribunal admitió el recurso interpuesto por Víctor Ángel Condori Nicasio por la concurrencia de
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III.1. Sobre el debido proceso y la incongruencia omisiva
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Este Tribunal en reiteradas oportunidades a señalado que el debido proceso, es un principio legal
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En ese contexto, se incurre en el defecto de la incongruencia omisiva (citra petita o
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Siendo así, que la incongruencia omisiva o fallo corto constituye un defecto absoluto, referido en
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La incongruencia omisiva quebranta el principio tantum devolutum quantum apellatum, así lo ha establecido la
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Igualmente, refiere el versado Couture, que: “El juez de la apelación conviene repetir, no tiene
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Lo anterior significa que el Tribunal de alzada debe dar respuesta fundamentada a todos y
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III.2.Análisis de los motivos
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La parte recurrente expresa en dos agravios, que el Auto de Vista incurrió en incongruencia
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La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
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Regístrese, hágase saber y devuélvase
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Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
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