Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0740/2017
Fecha: 18-Jul-2017
Distrito: Santa Cruz
Distrito: Santa Cruz
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Proceso: Reivindicación, desocupación y entrega de inmueble
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Distrito: Santa Cruz
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De las denuncias expuestas por la parte recurrente, se extrae de manera ordenada y en
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II
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Si bien anteriormente el régimen de la nulidad de obrados, se encontraba orientado a un
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Estos presupuestos legales, han sido establecidos en desarrollo de la garantía constitucional que desprende el
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Por lo manifestado, es indiscutible resaltar y reiterar que la nulidad procesal es una medida
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En ese sentido en el régimen de nulidades procesales, impuesta en la nueva normativa jurisdiccional,
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El Principio de Trascendencia y el Principio de finalidad del acto procesal, sitúan su lugar
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El Principio de Protección tiene como fundamento la protección del acto, y en ello proteger
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El fundamento del Principio de Convalidación es que una persona que es parte del proceso
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Asimismo el Principio de conservación que implica la conservación de los actos procesales, la cual
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Criterio ya sustentado en el A
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En el Auto Supremo Nº 52/2016 de 29 de enero, se ha razonado lo siguiente:
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De la revisión de obrados se conoce que el sorteo en el presente caso por
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Complementando lo anterior, corresponde también referir que este Tribunal en el Auto Supremo Nº 336/2013
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La Sentencia Constitucional Plurinacional Nº 0903/2012 de 22 de agosto, ha señalado que: “…la fundamentación
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La línea Jurisprudencial desarrollada por éste Tribunal, al referirse al error “in judicando” y a
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En el Auto Supremo Nº 60/2014 de 11 de marzo de 2014, se razonó: “El
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Conforme lo señalado podemos advertir que el art
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Se debe tener presente que toda Resolución debe cumplir con el principio de congruencia, es
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En mérito al recurso de casación interpuesto, corresponde absolver el mismo de la siguiente manera
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De inicio, corresponde referir que en este punto la parte recurrente cuestiona los fundamentos y
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Al margen de lo señalado, se debe precisar que en el marco del principio dispositivo
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De otro lado, las cuestiones sobre conflicto de competencia reservadas para la parte demandada, debieron
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IV
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Conforme a la doctrina aplicable desarrollada en el presente caso de autos, la uniforme línea
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En relación a esta denuncia donde se cuestiona la “Sentencia”, corresponde remitirnos al primer y
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Conforme se ha desarrollado en la doctrina aplicable al presente caso de autos, la motivación
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En la especie, de la revisión de los puntos II al VI de la parte
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En este acápite, de manera preliminar y conforme a la doctrina aplicable desarrollada en el
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Sin embargo, en relación a su denuncia de improcedencia de la acción reivindicatoria, corresponde señalar
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De los antecedentes que hacen a la presente causa, se conoce que la parte demandada
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Sobre la primera parte de su denuncia, al resultar reiterativa del punto anterior, corresponde remitirnos
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Respecto a su reclamo de la improcedencia de la acción reivindicatoria en aplicación de la
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Remitiéndonos al sub punto IV
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Esta denuncia resulta siendo reiterativa del sub punto IV
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Regístrese, comuníquese y devuélvase
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Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
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