Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0767/2017
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0767/2017

    Fecha: 24-Jul-2017

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Sucre: 24 de julio 2017 Expediente:O-63-16-A Partes: Bárbara Virginia Orellana Camacho
    • I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • Resolución que fue apelada por Luis Roberto Padilla García por memorial de fs
    • En mérito a esos antecedentes, la Sala Civil Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia
    • 2
    • Por otro lado a la decisión asumida respecto al vehículo que se describe establece la
    • Por lo cual en la última parte de la parte considerativa concluye pertinente corregir respecto
    • 3
    • II. DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
    • Pide se case el Auto de Vista y declare probada la demanda en todas
    • De la respuesta al recurso de casación
    • Los argumentos expuestos fueran falsos, no referiría con exactitud la violación o interpretación errónea de
    • III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
    • El autor Félix C
    • Carlos Morales Guillen en su obra “Código de Familia, Concordado y Anotado”, señala que Tiene
    • El vínculo matrimonial subsiste
    • En ese entendido tenemos que nuestra legislación no está alejada de dicha realidad, nuestra Constitución
    • Por su parte el Tribunal Constitucional Plurinacional estableció en varias Sentencias Constitucionales sobre los principios
    • Expuestos los principios que rigen nuestra sociedad, los cuales tiene que ser la base para
    • Por dicho motivo al separarse desde el año 2000, la responsabilidad mutua terminó, cada uno
    • Por lo indicado lo establecido por el art
    • IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
    • Bajo ese antecedente, resulta pertinente el análisis y conclusión efectuado por el Tribunal de segunda
    • En el caso, demostrado está que al existir separación en el año 2009, la responsabilidad
    • Por otro lado este Tribunal interpretó lo establecido por el art
    • Bajo ese entendido y al constituirse la comunidad de gananciales en un esfuerzo común de
    • Por lo anteriormente expuesto y ante la carencia de sustento jurídico en las alegaciones efectuadas
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca