Auto Supremo AS/0777/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0777/2017

Fecha: 25-Jul-2017

Bajo ese antecedente se tiene que la recurrente, acusa que el Tribunal de Alzada no

Bajo ese antecedente se tiene que la recurrente, acusa que el Tribunal de Alzada no se hubiera pronunciado respecto a todos los puntos que fueron objeto de apelación, en efecto la demandada mencionó que se reclamaron los siguientes agravios: a) la falta de correcta valoración de las pruebas existentes en obrados, así mismo se observó que la Sentencia carece de contenido de fondo, debido a que no se realiza una adecuada fundamentación y motivación del fallo, vulnerándose el principio de seguridad jurídica; b) Que en la expresión de agravios del recurso de apelación de Sentencia se ha manifestado que en obrados cursan los títulos de propiedad del inmueble objeto de este proceso, los que están registrados en Derechos Reales a nombre de Virginia Posiabo de Salguero, es decir en esos documentos figura como casada, sin embargo se la demanda solamente a ella, sin demandarse a su esposo con el fin de integrarlo a la Litis y para no causarle indefensión, toda vez que esta demanda es sobre un bien que constituye patrimonio conyugal, que con estas anormalidades y defectos contenidos en la demanda no fueron advertidos por el Juez a momento de admitir la demanda, vulnerándose en forma flagrante lo previsto por los Artículos 3, 90, 327 y 333 todos del Código de Procedimiento Civil, es decir que ha incumplido su deber de cuidar que el proceso se desarrolle sin vicios