Auto Supremo AS/0787/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0787/2017

Fecha: 25-Jul-2017

A ese efecto señala que no se ha tomado en cuenta la parte conclusiva

A ese efecto señala que no se ha tomado en cuenta la parte conclusiva del informe de auditoría donde claramente se establece que los daños debieron ser averiguados una vez averiguada la verdad en el proceso interno, es decir señala que se vulnera el art. 213 de la Ley 439 y el voto disidente que es equitativo porque para determinar un ilícito previamente debe ser probado con un proceso lo que no ocurrió en el caso de autos