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    Auto Supremo AS/0789/2017
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0789/2017

    Fecha: 25-Jul-2017

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Partes: Pablo Cáceres Quispe y Felicidad Gutiérrez Rocha. c/ María Elva Caballero Romero
    • Distrito: Santa Cruz
    • II. DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
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    • Que existiría errónea interpretación del art
    • Que existiría violación de preceptos constitucionales del Debido proceso al dictarse el Auto de Vista
    • Que se habría violado el art
    • Por lo expuesto solicita al Tribunal Supremo de Justicia case el Auto de Vista
    • III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
    • La Jurisprudencia Constitucional ha desarrollado asimismo el principio de congruencia en la Sentencia Constitucional Nº
    • Es de importancia considerar que el principio de congruencia procesal, si bien pondera el derecho
    • En el recurso de casación en la forma y en relación al principio de congruencia,
    • De donde se tiene que el Juez no puede simple y llanamente aplicar la nulidad,
    • La Ley Nº 025 con el fin de dar continuidad al proceso incorporó un nuevo
    • Por otra parte, el art. 17 del mismo cuerpo normativo establece
    • Al respecto, este Supremo Tribunal de Justicia en su diversos fallos, entre ellos el Auto
    • Principio de Convalidación
    • Principio de preclusión
    • Principios y disposiciones legales marcan el límite de la actuación de los Jueces vocales y
    • Así también, Víctor De Santo, en su obra “La Prueba Judicial” (Teoría y Práctica), indica:
    • El principio de comunidad de la prueba es: “La prueba no pertenece a quien la
    • En el caso de Autos, se evidencia que el recurso… tampoco se ajusta a los
    • Seguidamente, las recurrentes en el punto II, denominado “casación en el fondo”, señalan que debido
    • Al respecto, corresponde señalar que el art
    • La línea jurisprudencial asumida por este Tribunal, ha orientado en el Auto Supremo Nº 618/2014
    • En este mismo sentido se ha orientado a través del Auto Supremo Nº 408/2015 de
    • Este mismo Auto Supremo Nº 648/2013 de 11 de diciembre citando el Auto Supremo Nº
    • Siguiendo con el análisis, resulta importante determinar el antecedente del dominio por cuanto es desde
    • IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
    • Al respecto, previamente corresponde precisar que conforme se desarrolló en el punto III
    • En cuanto a que tampoco se habría valorado la inspección judicial de fs
    • Al respecto corresponde señalar que los reclamos antes expuestos en su totalidad tienden a atacar
    • 5
    • Corresponde señalar que respecto a dichos reclamos, debemos remitirnos a lo resuelto en el punto
    • Por otra parte, en relación a que se habría vulnerado el art
    • 6
    • Al respecto, corresponde señalar que conforme se desarrolló en el punto III
    • Por lo manifestado, corresponde a este Tribunal resolver conforme señala el art
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relatora: Mgda. Dra. Rita Susana Nava Durán.

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