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    Auto Supremo AS/0195/2017
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0195/2017

    Fecha: 08-Ago-2017

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • VISTOS: El Recurso de Casación en el fondo de fs
    • I. 1. 1. Sentencia
    • Que, tramitado el proceso social por pago de derechos laborales, el Juez de Partido del
    • I. 1. 2. Auto de Vista
    • Interpuesto el Recurso de Apelación tanto por Raúl Pessoa Pereira en representación legal de Wilson
    • Dicha resolución, motivó el Recurso de Casación en el fondo de fs
    • Violación al art
    • Que los derechos obtenidos por las personas naturales y no ejercidos dentro de su tiempo
    • Indebida aplicación del DS Nº 110, toda vez que la demandante estaría sujeta a su
    • Concluyó solicitando se case el Auto de Vista recurrido y deliberando en el fondo, se
    • Mediante Auto Supremo Nº 217-A de 22 de septiembre de 2016 la Sala Contenciosa, Contenciosa
    • Así formulado el Recurso de Casación en el fondo, del análisis y revisión de los
    • Por lo que si bien, los jueces son funcionarios públicos están regidos por la normativa
    • En este sentido la Máxima Autoridad Ejecutiva del Gobierno Autónomo Municipal de Cobija tiene los
    • En cuanto a la inobservancia del art
    • Si bien es cierto que por mandato del art
    • Por otro lado sobre el pago de subsidio de frontera y la prescripción, este Tribunal
    • En cuanto a lo que aduce el Gobierno Autónomo Municipal de Cobija sobre la Prescripción
    • Por último este mismo articulado en su parágrafo IV
    • En el caso de autos, se establece que la entidad recurrente hace una incorrecta interpretación
    • Por lo que el Auto de Vista motivo del presente recurso no incurrió en errónea
    • Bajo estos parámetros se concluye que al no ser evidentes las infracciones denunciadas en el
    • POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contencioso Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
    • Sin costas en aplicación del art
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Firmado

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