Auto Supremo AS/0195/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0195/2017

Fecha: 08-Ago-2017

En el caso de autos, se establece que la entidad recurrente hace una incorrecta interpretación

En el caso de autos, se establece que la entidad recurrente hace una incorrecta interpretación de la prescripción en materia laboral, sustentada en la Constitución Política del Estado. No correspondiendo aplicar el sustantivo Civil, porque el Procedimiento Laboral tiene sus propias formas de resolución de conflictos laborales. Tal como señala el art. 252 del Código de Procesal del Trabajo, sic. “Los aspectos no previstos en la Ley, se regirán excepcionalmente por las disposiciones de la Ley de Organización Judicial y del Procedimiento Civil y siempre que no signifiquen violación de los principios generales del Derecho Procesal Laboral” Como se tiene fundamentado, el Derecho Social establece como característica especial su predominio o aplicación preferente respecto a la legislación civil o comercial