Al respecto se debe tener presente que la misma entidad gestora, en su Informe cursante
Posteriormente la referida entidad gestora, amparada en el D.S. 27066 de 06/06/03, capítulo III, art. 5, inciso d), que refiere: “Suspender provisionalmente o definitivamente la renta, dentro de la potestad de revisión establecida en disposiciones que rigen para el Sistema de Reparto”, mediante Resolución Administrativa Nº 00002292, dispuso suspender definitivamente al asegurado un derecho fundamental, como es su Renta Básica de Vejez, que reiteramos fue en su momento otorgada por el SENASIR.
Al respecto se debe tener presente que la misma entidad gestora, en su Informe cursante de fs. 24 a 25 del expediente, emitido por la Jefa a.i. de la Unidad Nacional de Operaciones, en fecha 21 de abril de 2015, informó: “que luego de haberse constituido tres técnicos de la Unidad Nacional de Operaciones en el archivo central para la búsqueda del expediente del señor Primitivo Cádiz Gómez, se informó que no se encuentra físicamente en esta institución el mismo, consiguientemente estaría extraviado”
Al respecto se debe tener presente que la misma entidad gestora, en su Informe cursante de fs. 24 a 25 del expediente, emitido por la Jefa a.i. de la Unidad Nacional de Operaciones, en fecha 21 de abril de 2015, informó: “que luego de haberse constituido tres técnicos de la Unidad Nacional de Operaciones en el archivo central para la búsqueda del expediente del señor Primitivo Cádiz Gómez, se informó que no se encuentra físicamente en esta institución el mismo, consiguientemente estaría extraviado”
- I.1. Resolución de la Comisión de Reclamación
- Contra esta decisión, por escrito de fs
- I. 2. Recurso de Apelación y Auto de Vista
- Dentro el plazo previsto por ley, contra la referida decisión asumida por la Comisión de
- La Sala Social Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social, Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de
- I.3. Motivos del Recurso de Casación en el fondo
- 1
- 2
- Teniendo presente el principio de supremacía constitucional, se asume que toda autoridad administrativa y jurisdiccional,
- Al respecto se debe tener presente que la misma entidad gestora, en su Informe cursante
- Solo es posible disponer la suspensión definitiva de la Renta Única de Vejez, cuando
- Firmado
