Finalmente corresponde precisar que la debida y suficiente fundamentación de los fallos supone no solo
Finalmente corresponde precisar que la debida y suficiente fundamentación de los fallos supone no solo exponer los hechos, sino realizar la fundamentación legal que sea aplicable al caso, esto implica la obligación de que el juzgador absuelva todos los reclamos sometidos a su consideración, de modo tal que le permita al impetrante, en este caso, al o a los representantes de la Estación de Servicio Sacaba S.A., conocer con precisión las razones de la decisión del juzgador, y eventualmente, impugnar la decisión en los puntos que considere haya existido un apartamiento de las normas sustantivas o adjetivas, pues privarle de una respuesta fundamentada, vulnera el derecho al debido proceso consagrado y protegido por los arts. 115 y 119. I de la CPE, así como la garantía del debido proceso
- Demandado: Estación de Servicio Trans. Sacaba S.A
- CONSIDERANDO I
- Dicha Resolución fue recurrida en Apelación por la empresa demandada (fs
- El mencionado Auto de Vista originó que la empresa demandada a través de su representante
- Denunció que, se ha efectuado una valoración e interpretación errónea y aplicación indebida de la
- Señaló que, se ha infringido lo establecido en el art
- Concluyó solicitando al Tribunal Supremo de Justicia, case o anule el Auto de Vista recurrido,
- Por memorial de fs
- Señaló que, en el Recurso De Casación no se especifican los fundamentos jurídicos vulnerados en
- Mediante Auto Supremo Nº 318/2016-A, de 22 de septiembre, la Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social
- CONSIDERANDO II
- En el contexto referido, hay que recordar que los Tribunales de segundo grado, al constituir
- Así, en el caso concreto se advierte que Wilson Coca Inturias y José Román Carvallo
- En ese sentido, se colige que el Tribunal de alzada no resolvió debidamente el agravio
- En tal razón, corresponde a dicho Tribunal, pronunciarse al respecto, otorgando a la parte recurrente
- Finalmente corresponde precisar que la debida y suficiente fundamentación de los fallos supone no solo
- En conclusión, se advierte que el Tribunal de Apelación no cumplió con la previsión contenida
- En mérito a lo expuesto, corresponde resolver el presente Recurso, aplicando las disposiciones contenidas en
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Sin responsabilidad de multa por ser excusable
- En cumplimiento a lo previsto en el art
- Firmado
