Auto Supremo AS/0205/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0205/2017

Fecha: 11-Ago-2017

Señaló que, se ha infringido lo establecido en el art

Señaló que, se ha infringido lo establecido en el art. 271-1 del Código Procesal Civil, al pasar por alto lo establecido en el art. 44 de la Ley General del Trabajo, reformado por el D.S. 03150 de 19 de agosto de 1952, el cual establece la escala de vacaciones, disponiendo que, los trabajadores con una antigüedad de 1 a 5 años, gozaran de 15 días de vacación, los trabajadores con una antigüedad de 6 a 10 años, gozaran de 20 días de vacación. Bajo esta referencia, indicó que la demandante ha trabajado 6 años, 9 meses y 10 días, en consecuencia señala que le corresponde en aplicación de lo dispuesto por el art. 120 de la Ley General del Trabajo, los dos últimos periodos de vacación, es decir, 2009 a 2010 y 2010 a 2011, por lo que, le correspondía 40 días de vacación, de los cuales deben descontarse los días de permiso solicitados a cuenta de vacación conforme consta en las literales cursantes de fs. 50 a 60, y no 55 días como se determinó en la Sentencia y confirmada en Apelación, sin pronunciarse sobre los alcances legales de la indicada norma