Es así que, considerando los alcances de protección que tiene el derecho a la Seguridad
Es así que, considerando los alcances de protección que tiene el derecho a la Seguridad Social, en el caso específico el reconocimiento de aportes al Sistema de Reparto bajo la modalidad de Compensación de Cotizaciones, sobre cuyo concepto es posible acceder ulteriormente a una renta de vejez, una interpretación como la realizada por la entidad recurrente resultaría contraria a las normas constitucionales que regulan tal derecho, así como a los principios que estructuran el mismo, que bajo un criterio restrictivo de las disposiciones existentes en este ámbito, no proceda al reconocimiento real y efectivo de todos los años de trabajo que alega tener un trabajador, no obstante presentarse por el último, prueba idónea que acredite su derecho, la que, como se señaló precedentemente, tiene eficacia probatoria a dicho efecto, al ser reconocidos por el art. 14 del DS 27543 de 31 de mayo de 2004, así como por el art. 1296. I del Código Civil. En ese sentido se tiene razonado también por el Tribunal Constitucional Plurinacional en la SCP 0494/2014, de 25 de febrero
- VISTOS: El Recurso de Casación en el fondo de fs
- Interpuesto Recurso de Apelación por el trabajador (fs
- Contra la resolución emitida por el Tribunal de apelación el Senasir formuló Recurso de Casación
- Que, la autoridad que emitió el fallo recurrido incurrió en errónea aplicación de los arts
- Que, el Auto de Vista recurrido viola lo dispuesto en el art
- Solicita se case el Auto de Vista recurrido y se confirme la Resolución Nº 8770,
- Que así formulado el Recurso de Casación en el fondo, corresponde resolver el mismo conforme
- En ese sentido, el Tribunal de Casación no encuentra cierta la acusada vulneración del art
- Por otra parte, también se acusa que el Tribunal de apelación habría incurrido en interpretación
- Al respecto, el Tribunal Supremo de Justicia tampoco encuentra evidente la acusación, puesto que la
- Debe quedar establecido que, el sistema de Compensación de Cotizaciones tiene como finalidad fundamental viabilizar
- Es así que, considerando los alcances de protección que tiene el derecho a la Seguridad
- Por lo anotado, se concluye que el fallo recurrido no incurrió en infracción de la
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- Sin costas ni costos en aplicación de los arts
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado
