Auto Supremo AS/0222/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0222/2017

Fecha: 11-Ago-2017

Mediante memorial cursante a fs

I.3 Respuesta al Recurso de Casación
Mediante memorial cursante a fs. 103, Margarita Corina Gallardo Nogales responde al Recurso de Casación, señalando que Manifiesta que el Recurso de Casación es un Instituto procesal y la abundante Jurisprudencia dictada por el más alto Tribunal de Justicia de nuestro País en concordancia con las normas que lo rigen, ha establecido que se trata de una demanda nueva de puro derecho; manifiesta que ese marco normativo el Recurso de Casación al constituirse en una demanda nueva de puro derecho la misma es utilizada para invalidar una Sentencia o Auto definitivo en los casos expresamente señalados por ley, pudiendo presentarse como Recurso de Casación en el fondo o Recurso de Casación en !a forma o ambos a la vez, conforme establece la norma prevista por el art. 250 del C.P.C. Manifiesta que en el presente caso de la compulsa de antecedentes se establece que el pseudo Recurso de Casación formulado por la parte demandada no especifica ni establece en forma clara y concreta sí es en el fondo o en la forma o en ambos, demostrándose así la vulneración del art. 250 del C.P.C