Auto Supremo AS/0224/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0224/2017

Fecha: 11-Ago-2017

La norma que subyace en el art

La norma que subyace en el art. 158 del CPT que señala: "El Juez no estará sujeto a la tarifa legal de pruebas, y por lo tanto formará libremente su convencimiento, inspirándose en los principios científicos que informan la crítica de la prueba y atendiendo a las circunstancias relevantes del pleito y a la conducta procesal observada por las partes. (...)"., ésta norma es contraria a la absoluta libertad del juzgador para apreciar y valorar las pruebas, y adversa también a la restricción valorativa de la prueba legal, dejando al juez formar libremente su convicción, más no por ello no le obliga a establecer los fundamentos de su fallo