3)Por otro lado denuncia violación del principio de igualdad, debido a que, a través del
3)Por otro lado denuncia violación del principio de igualdad, debido a que, a través del auto de Vista recurrido, los miembros de la Sala Penal, al tener a su cargo la resolución de un recurso de apelación restringida, tenían la obligación de tomar en cuenta los argumentos vertidos por la recurrente en el memorial de apelación, los fundamentos vertidos en el memorial de contestación a la apelación; y, decidir en base a las conclusiones obtenidas en ambos escritos, por lo que a decir de la parte impetrante el Tribunal de alzada habría adoptado una actitud preferente hacia la acusada, al respecto cita como precedente contradictorio el Auto Supremo 29/2007 de 26 de enero
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 3)Por otro lado denuncia violación del principio de igualdad, debido a que, a través del
- El art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- observen las normas procesales que son de orden público y de cumplimiento obligatorio que prevén
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- Respecto del cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad, se observa que como primer motivo
- En relación al tercer motivo, se advierte que se denuncia vulneración del principio de igualdad,
- En cuanto al cuarto motivo, donde denuncia vulneración del principio de verdad material, al haber
- Finalmente, en el quinto motivo, se observa que se denuncia vulneración del principio de trascendencia,
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
