Auto Supremo AS/0614/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0614/2017-RRC

Fecha: 23-Ago-2017

Notificada la parte imputada, Wilson Venegas Avendaño interpone recurso de apelación restringida contra la Sentencia


Notificada la parte imputada, Wilson Venegas Avendaño interpone recurso de apelación restringida contra la Sentencia pronunciada, argumentando entre otros motivos:

En el punto signado como 1.1 de la expresión de agravios, se advierte como denuncia: Falta de determinación circunstanciada del hecho objeto de juicio [art. 370 inc. 3) del CPP].- Señalando que la Sentencia carece por completo de un fundamento circunstanciado sobre los hechos juzgados y que se habría limitado a efectuar únicamente una relación de las pruebas, tanto documentales como testificales, cual si se tratara de una simple acta de audiencia y enumeración de pruebas. Refiere que en la sentencia se afirma que se demostró que los cinco imputados en forma conjunta, conocedores


de que las joyas y alhajas de la iglesia La Merced, debían ser trasladadas desde el Banco Mercantil Santa Cruz; empero, no dice la forma en la cual su persona se llegó a anoticiar de este extremo, tampoco refiere en qué momento los demás coimputados se habrían puesto en contacto, aclarando que su persona no participó en forma alguna en el hecho de robo agravado. También, reclama que la sentencia afirmó que una vez cometido el hecho, se procedió a trasladar las joyas en un auto; sin embargo, no se sabe de qué medio probatorio emerge tal afirmación, cuando ninguna de las pruebas incorporadas a juicio habla de un vehículo, de lo que se deduce que el Tribunal de juicio ha pretendido a fuerza de abstracción, justificar una relación fáctica injustificable y decir que todo se habría realizado en forma conjunta; aspecto que, de ninguna manera está respaldado con el elemento probatorio, ya que de todo el texto de la sentencia se advierte que en ningún momento se cumplió con la identificación exacta de la participación de cada acusado, menos aún de su persona