Auto Supremo AS/0834/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0834/2017

Fecha: 15-Ago-2017

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3.- Refiere que el Tribunal de Alzada no habría tomado en cuenta que ellos ingresaron al bien inmueble en virtud a un contrato de anticrético que habrían suscrito a favor de su padre que también falleció y de manera muy extraña ahora no se encuentran figurando los gravámenes en Derechos Reales y tampoco se tomó en cuenta que la demandante al asumir la herencia, también debió asumir todas las obligaciones del de cujus.
4.- Menciona que no se tomó en cuenta el documento privado reconocido que cursa a fs. 130 en la que la demandante Gloria Torres de Márquez se compromete y se obliga en forma voluntaria a cumplir con la obligación de su tía Matilde Torres Vda. de Muñoz que es la de perfeccionar la venta del inmueble, previa realización de trámites judiciales, inclusive se constituye en garante solidara y mancomunada