La parte contraria indica que el recurso de casación interpuesto no reúne los requisitos de
La parte contraria indica que el recurso de casación interpuesto no reúne los requisitos de procedencia debido a que el recurrente no indica ni el folio dentro del expediente, donde se ubica el Auto de Vista recurrido, también ha ignorado flagrantemente que el recurso de casación es una demanda nueva de puro derecho, donde por mínimo tecnicismo jurídico, con esta omisión procedimental, no ha cumplido con el mandato ritual y obligatorio establecido por el art. 258-2) del Código de Procedimiento Civil. Asimismo el recurrente indica que la demanda se encuentra sustentada en la vulneración al debido proceso al interpretar mal el art. 1543 del Código Civil y su derecho a la propiedad establecida en el art. 56 de la CPE, tomando en cuenta que el derecho propietario de su mandante ha sido ampliamente sustentado, cumpliendo totalmente los requisitos establecidos para la acción de Reivindicación, es más existe confesión plena de parte de los demandados quienes señalan claramente que nuestra mandante es la propietaria del bien inmueble objeto de la Litis, por tanto se ha cumplido a cabalidad con el requisito que establece la norma jurídica, empero los recurrentes no citan en términos claros concretos y precisos que ley o leyes han sido violadas y menos especificar en qué consistió aquella violación por lo que el recurso sea declarada improcedente o en su caso declarar infundado el recurso de casación
- Proceso: Reivindicación, más pago de frutos y beneficios
- Distrito: Chuquisaca
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- II. DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
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- De la respuesta al recurso de casación
- La parte contraria indica que el recurso de casación interpuesto no reúne los requisitos de
- III.1.- De la reivindicación
- El autor Arturo Alessandri R
- Conforme lo señalado podemos advertir que el art
- III.2.- Sobre el tema de la prescripción
- La prescripción es una institución jurídica por la cual se extingue el derecho por el
- En ese marco, la doctrina establece dos presupuestos para la prescripción, al respecto Díez-Picazzo y
- La falta de ejercicio del derecho es la inercia o la inactividad del titular ante
- En virtud a lo expuesto, la prescripción para surtir el efecto extintivo del derecho debe
- Y en cuanto al comienzo de la prescripción el art
- IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
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- Sobre lo acusado diremos que si bien Eduardo Torrez Calancha era interdicto, tenía tutores, como
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- Sobre lo acusado diremos que si bien en el proceso existen antecedentes de un contrato
- Sobre lo acusado diremos que el documento que cursa a fs
- Por lo que corresponde a este Tribunal emitir Resolución conforme lo establece el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
