Auto Supremo AS/0842/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0842/2017

Fecha: 16-Ago-2017

Respecto a su acusación de que el compromiso de venta de maquinaria pesada de 20

Respecto a su acusación de que el compromiso de venta de maquinaria pesada de 20 de diciembre de 2006, se encontraba prescrito y caducado a tiempo de emitir la Sentencia de 26.06.2015, conforme a lo dispuesto por el art. 1507 y 1514 del Código Civil; al respecto corresponde señalar que el codemandado Carlos Zeballos Quinteros en el documento privado de fecha 13 de mayo de 2013 (fs. 1 a 3), reconoce expresamente que su hijo Dany Douglas Zeballos Montaño se comprometió a transferir dos maquinarias pesadas en favor de Víctor Peredo Navia, que para el efecto recibió una volqueta, por lo que se compromete a devolver la volqueta recibido por su hijo; reconocimiento del derecho que ha interrumpido la prescripción, siendo además que la parte demandada ha sido citado con el presente caso de autos en fecha 30 de abril de 2013, conforme se evidencia de fs. 22, por lo que no se hacen aplicables en el caso de autos los arts. 1507 y 1514 del Código Civil