Auto Supremo AS/0869/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0869/2017

Fecha: 21-Ago-2017

A ese efecto en el AS 32/2013 de fecha 27 de agosto 2013 ha

III.2.- Del principio de finalidad en las citaciones y notificaciones.-
A ese efecto en el AS 32/2013 de fecha 27 de agosto 2013 ha referido: “ De manera previa a ingresar a la consideración del recurso, por la importancia del caso, se hace necesario referirse a la jurisprudencia emitida por el Tribunal Constitucional respecto a las notificaciones, es así que dicho órgano en la SC. 1193/2010-R del 06 de septiembre ha establecido lo siguiente: “…la notificación constituye el acto de comunicación más importante del proceso que permite el ejercicio del derecho a la defensa y hace efectivo el principio de contradicción, que prohíbe a las autoridades judiciales y administrativas emitir una resolución sin que previamente las partes hubieran tenido oportunidad de ser oídas, consagrando la inviolabilidad de la defensa en juicio y de los derechos; pues, al encontrarse ambas partes en igualdades de condiciones, deben tener conocimiento de todas las resoluciones o actos procesales que dicte el órgano jurisdiccional o administrativo al que se hallan sometidas”