I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
VISTOS: El recurso de casación de fs. 164 a 166 vta. Interpuesto por Isamar Benitez Cachaca, contra el Auto de Vista de 25 de julio de 2016, que cursa de fs. 154 a 155 vta., pronunciado por la Sala Civil Comercial del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, dentro del proceso de Usucapión seguido por Natividad Villca contra Lidia Saire Poma y otros, la concesión de fs. 173 vta., los antecedentes del proceso, y:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
El Juez de Partido Segundo en lo Civil del Departamento de Oruro, dicta Sentencia Nº 025/2014 fecha 02 de diciembre de 2014 de fs. 102 a 105 vta., por la que declara: “PROBADA la demanda de usucapión decenal o extraordinaria interpuesta a fs. 12 y 14 vta., de obrados…”
Resolución de primera instancia que fue recurrida de apelación por Isamar Benitez Cachaca de fs. 133 a 134 vta
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
El Juez de Partido Segundo en lo Civil del Departamento de Oruro, dicta Sentencia Nº 025/2014 fecha 02 de diciembre de 2014 de fs. 102 a 105 vta., por la que declara: “PROBADA la demanda de usucapión decenal o extraordinaria interpuesta a fs. 12 y 14 vta., de obrados…”
Resolución de primera instancia que fue recurrida de apelación por Isamar Benitez Cachaca de fs. 133 a 134 vta
- Distrito: Pando
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Recurso que mereció el Auto de Vista de fecha de 25 de julio de
- Resolución contra la cual, Isamar Benitez Cachaca interpuso recurso de casación de fs
- II. CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- III. DOCTRINA LEGAL APLICABLE
- Estos presupuestos legales, han sido establecidos en desarrollo de la garantía constitucional que desprende el
- Por lo manifestado, es indiscutible resaltar y reiterar que la nulidad procesal es una medida
- En ese sentido en el régimen de nulidades procesales, impuesta en la nueva normativa jurisdiccional,
- El Principio de Trascendencia y el Principio de finalidad del acto procesal, sitúan su lugar
- El Principio de Protección tiene como fundamento la protección del acto, y en ello proteger
- El fundamento del Principio de Convalidación es que una persona que es parte del proceso
- Asimismo el Principio de conservación que implica la conservación de los actos procesales, la cual
- A ese efecto en el AS 32/2013 de fecha 27 de agosto 2013 ha
- En otra parte del fallo haciendo referencia a las SC
- IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Sobre lo acusado a los efectos de una argumentación jurídica clara, corresponde su análisis en
- Sobre ese tema es menester referir que lo acusado no resulta evidente debido a que
- Con la aclaración que su observación no iba avocada a objetar el hecho de que
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
