II. DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
II. DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN:
1.- “Denuncia error de hecho y de derecho en apreciación y valoración de pruebas judicializadas” señalando que la demanda reconvencional se habría puntualizado y centrado en dos vertientes, el referido a la propiedad de la construcción y la anulabilidad del contrato de compraventa, luego hace referencia a la emisión de la Sentencia, las pruebas producidas, como el documento de contrato de obra con el constructor así como las declaraciones de los testigos, describiendo las declaraciones que hubieran vertido, concluyendo por señalar que esos aspectos ya habrían sido denunciadas en apelación por la infracción de los arts. 186, 189 y 202 del Código de Procedimiento Civil con relación a lo dispuesto en el art. 1286, 1330, 1333 y 1334 del Código Civil, señalando textualmente que, “…si bien el recurso se funda en medios de prueba, que han sido valorados “ilegalmente” y forma parte del recurso de casación por evidenciarse con documentos “auténticos” que demuestran la equivocación manifiesta del juzgador y de la propia sala que dictó el Auto de vista.” Señala a las Sentencias Constitucionales Nº 1917/2004 de 13 de diciembre y 1846/2004-R de 30 de noviembre
1.- “Denuncia error de hecho y de derecho en apreciación y valoración de pruebas judicializadas” señalando que la demanda reconvencional se habría puntualizado y centrado en dos vertientes, el referido a la propiedad de la construcción y la anulabilidad del contrato de compraventa, luego hace referencia a la emisión de la Sentencia, las pruebas producidas, como el documento de contrato de obra con el constructor así como las declaraciones de los testigos, describiendo las declaraciones que hubieran vertido, concluyendo por señalar que esos aspectos ya habrían sido denunciadas en apelación por la infracción de los arts. 186, 189 y 202 del Código de Procedimiento Civil con relación a lo dispuesto en el art. 1286, 1330, 1333 y 1334 del Código Civil, señalando textualmente que, “…si bien el recurso se funda en medios de prueba, que han sido valorados “ilegalmente” y forma parte del recurso de casación por evidenciarse con documentos “auténticos” que demuestran la equivocación manifiesta del juzgador y de la propia sala que dictó el Auto de vista.” Señala a las Sentencias Constitucionales Nº 1917/2004 de 13 de diciembre y 1846/2004-R de 30 de noviembre
- Partes: Miguel Ángel Castillo Fernández y Nelly Lenz Roso. c/ Horacio Cruz Castro y otra
- Distrito: Tarija
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución que fue apelada por Horacio Cruz Castro y “Morma” Esther Mamani Castro por
- 2
- Recurso de apelación planteado por Miguel Ángel Castillo Fernández y Nelly Lenz Roso de Castillo:
- II. DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- 3
- Concluye por solicitar que se deba casar el Auto apelado
- III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- La Casación tiene por fin privilegiar la recta aplicación de la ley y de esta
- Como característica esencial de este recurso podemos establecer que no se trata de una tercera
- IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Bajo esas consideraciones, corresponderá emitir Resolución por el infundado
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase. Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
