Auto Supremo AS/0236/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0236/2017

Fecha: 01-Sep-2017

Acusa también error de hecho en la valoración de la prueba consistente en el contrato

Acusa también error de hecho en la valoración de la prueba consistente en el contrato de fs. 275 a 277, carta de fs. 20 e informe de fs. 21 a 212 que acreditarían el tiempo de servicios prestado por la parte demandante, que alcanza a 5 años y 7 días, que evidencian corresponderle el bono de antigüedad al demostrarse un tiempo de trabajo superior a los 2 años, debiéndose aplicar la tabla señalada en el art. 60 del DS Nº 21060, refiriendo al respecto el Auto Supremo Nº 120 de 25 de marzo de 2013, concluyendo que solo el transcurso de tiempo en una relación laboral genera el derecho al bono de antigüedad, por lo que le correspondería dicho concepto