Auto Supremo AS/0238-1/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0238-1/2017

Fecha: 12-Sep-2017

Cabe señalar que, considerando el contenido de la demanda, no corresponde tomar en cuenta las

En ese sentido, si la pretensión demandada es que sólo se declare la nulidad de la citada Resolución, resulta inadmisible disponer la aplicación de las medidas cautelares solicitadas, en el comprendido que una medida cautelar tiene como finalidad asegurar el resultado del proceso mediante el cumplimiento de la sentencia. Y dado que en el caso simplemente se persigue una sentencia declarativa de nulidad de la Resolución mencionada, por la concurrencia de los vicios que se acusa, las medidas solicitadas son inoficiosas para garantizar el cumplimiento de tal decisión en sí.
Cabe señalar que, considerando el contenido de la demanda, no corresponde tomar en cuenta las pretensiones futuras o no manifestadas por la parte actora en su demanda, como es la posible pretensión de continuar ejecutando el contrato de supervisión de la obra mencionada, expuesto recién en el recurso de reposición; de manera que, lo resuelto por esta Sala mediante el Auto impugnado vía reposición, no resulta incongruente, como erróneamente sostiene el recurrente