Cabe señalar que, considerando el contenido de la demanda, no corresponde tomar en cuenta las
En ese sentido, si la pretensión demandada es que sólo se declare la nulidad de la citada Resolución, resulta inadmisible disponer la aplicación de las medidas cautelares solicitadas, en el comprendido que una medida cautelar tiene como finalidad asegurar el resultado del proceso mediante el cumplimiento de la sentencia. Y dado que en el caso simplemente se persigue una sentencia declarativa de nulidad de la Resolución mencionada, por la concurrencia de los vicios que se acusa, las medidas solicitadas son inoficiosas para garantizar el cumplimiento de tal decisión en sí.
Cabe señalar que, considerando el contenido de la demanda, no corresponde tomar en cuenta las pretensiones futuras o no manifestadas por la parte actora en su demanda, como es la posible pretensión de continuar ejecutando el contrato de supervisión de la obra mencionada, expuesto recién en el recurso de reposición; de manera que, lo resuelto por esta Sala mediante el Auto impugnado vía reposición, no resulta incongruente, como erróneamente sostiene el recurrente
Cabe señalar que, considerando el contenido de la demanda, no corresponde tomar en cuenta las pretensiones futuras o no manifestadas por la parte actora en su demanda, como es la posible pretensión de continuar ejecutando el contrato de supervisión de la obra mencionada, expuesto recién en el recurso de reposición; de manera que, lo resuelto por esta Sala mediante el Auto impugnado vía reposición, no resulta incongruente, como erróneamente sostiene el recurrente
- CONSIDERANDO: Que, por Auto de 17 de mayo de 2017, cursante de fs
- Que, por memorial de fs
- Que, como resultado de la pretensión contenida en la demanda y a resolverse por el
- Refiere que deben observarse las previsiones de la Ley Nº 2341 y D
- Que, por su parte la entidad demandada responde al recurso formulado, señalando que la demanda
- CONSIDERANDO: Que, el recurso de Reposición establecido en el art
- Que, si bien la parte recurrente cuestiona la decisión asumida por esta Sala respecto al
- No cabe duda que la pretensión expuesta por la entidad demandante en su demanda, es
- Cabe señalar que, considerando el contenido de la demanda, no corresponde tomar en cuenta las
- Por lo anotado, y al no advertirse error en el Auto de fs
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y cúmplase
