Auto Supremo AS/0238-1/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0238-1/2017

Fecha: 12-Sep-2017

Que, como resultado de la pretensión contenida en la demanda y a resolverse por el

Que, como resultado de la pretensión contenida en la demanda y a resolverse por el Tribunal, cualquier acto de prosecución en la ejecución del proyecto y por ende, en la supervisión del mismo, determinaría que la entidad estatal demandada, continúe agravando y afectando los legítimos intereses y derechos de la demandante, al disponer que los recursos que en derecho le fueron comprometidos y consecuentemente le corresponderían a ACCIONA INGENIERIA - CPM Asociación Accidental; por lo que, señala que debe considerarse la solicitud de las medidas cautelares impetradas a fin de que no se consume un perjuicio irreparable a la entidad demandante, además que se evite que la entidad demandada se vea obligada a pagar dichas sumas de dinero a favor de la demandante, independientemente por el daño emergente y lucro cesante y los daños y perjuicios