Auto Supremo AS/0672/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0672/2017-RA

Fecha: 04-Sep-2017

formales que anulan el proceso, no solamente hasta la notificación con la acusación pública y


1) A título de vulneración al debido proceso legal por inexistencia de citación para asumir defensa en todo el proceso penal, el recurrente asevera que, a tiempo de plantear la apelación restringida, hizo notar la existencia de defectos


formales que anulan el proceso, no solamente hasta la notificación con la acusación pública y particular; sin embargo, el Auto de Vista acepta y declara probadas las denuncias realizadas por su persona con relación a la restricción de sus derechos en todo el proceso, pero únicamente anuló hasta la notificación con la acusación fiscal y particular, lo que considera insuficiente para reponer los derechos, resultando una apreciación citra petita, por cuanto el art. 100 del Código de Procedimiento Penal (CPP), manifiesta que no se podrá fundar ninguna decisión si no se observaron los derechos del imputado a tiempo de recibir su declaración, por lo que necesariamente debe anularse hasta el vicio más antiguo; es decir, hasta la citación para recibir la declaración del imputado, lo contrario significa nuevo juicio, nueva nulidad, que afecta el principio de economía procesal y celeridad de actuación de las autoridades judiciales, como establece el Auto Supremo 026/2012-RA de 29 de febrero