Descripción del hecho, del cual se establece, que el hecho ilícito acusado al imputado, tuvo
Descripción del hecho, del cual se establece, que el hecho ilícito acusado al imputado, tuvo una lesión de los derechos patrimoniales subjetivos del acusador particular; es decir, que el efecto negativo traducido en el menoscabo patrimonial del acusador particular, no irradia al conjunto de la sociedad; asimismo, se debe tener en cuenta que el acuerdo transaccional o conciliatorio suscrito por la víctima y el imputado, conforme lo señalado en la cláusula tercera, establece que habría sido firmado de forma libre y sin que medie presión ni vicio de consentimiento, documento que lleva la firma del acusador particular y se halla debidamente reconocido ante Notario de Fe Pública de 1ra clase Nº7 a cargo de Ma. del Carmen Montaño, estableciéndose el consentimiento expreso de la víctima, por lo que al existir un acuerdo conciliatorio, desaparece el efecto negativo de la conducta ilícita del imputado, no justificándose la prosecución de la causa, tomando en cuenta que conforme lo previsto por el inc. 7) del art. 27 del CPP, para dar curso a la extinción de la acción penal por conciliación, no es preciso contar con el consentimiento de la víctima y el Ministerio Público, por lo que corresponde dar curso a la solicitud de extinción de la acción penal por conciliación, declarando homologado el acuerdo transaccional adjuntado a la solicitud, de fs. 591 a 595
- Por memorial presentado el 3 de agosto del 2017, cursante de fs
- El excepcionista refiere que por el transcurso del tiempo, arribó a un acuerdo satisfactorio con
- Por decreto de 4 de agosto de 2017, de fs
- Por memorial presentado el 14 de agosto del 2017 (fs
- II.2. El acusador particular
- Pese a haber sido legalmente notificado mediante orden instruida, el 25 de agosto del 2017,
- III
- III.2. De la Conciliación
- A través del Auto Supremo 002/2017 de 9 de enero, este Tribunal, sentó las bases
- `(…) Como excepción al principio de legalidad referido se tiene el principio de oportunidad según
- `(…) Como emergencia de la aplicación del principio de oportunidad referido, están las salidas alternativas,
- De manera particular, la conciliación es una salida alternativa al juicio ordinario, consistente en resolver
- de extinción de la acción penal la conciliación en los casos previstos en ese Código,
- Es decir, de dichas normas el CPP al enumerar las causas de extinción de la
- Otro elemento que es relevante destacar, es que a partir del 7 de febrero de
- Este nuevo marco constitucional explica el por qué se sigue reconociendo a la conciliación en
- En concordancia, el art
- Este conjunto de normas legales permite concluir a partir de un análisis integral en armonía
- De lo expuesto, se establece que este Tribunal tiene competencia para resolver excepciones de extinción
- III.3. Análisis del caso concreto
- En el caso de autos, el excepcionista, refiere haber llegado a un acuerdo satisfactorio con
- Al respecto, de la Sentencia 23/2015 de 24 de julio, se establece que durante el
- En cuanto a la relevancia social del delito acusado al imputado, conforme lo descrito por
- Descripción del hecho, del cual se establece, que el hecho ilícito acusado al imputado, tuvo
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por los arts
- En cumplimiento de la Sentencia Constitucional 1061/2015-S2 de 26 de octubre, se advierte a
- Notifíquese a las partes conforme al art. 163 del CPP
- Regístrese y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
