Pese a haber sido legalmente notificado mediante orden instruida, el 25 de agosto del 2017,
Pese a haber sido legalmente notificado mediante orden instruida, el 25 de agosto del 2017, la parte acusadora particular no respondió a la excepción planteada por el imputado
- Por memorial presentado el 3 de agosto del 2017, cursante de fs
- El excepcionista refiere que por el transcurso del tiempo, arribó a un acuerdo satisfactorio con
- Por decreto de 4 de agosto de 2017, de fs
- Por memorial presentado el 14 de agosto del 2017 (fs
- II.2. El acusador particular
- Pese a haber sido legalmente notificado mediante orden instruida, el 25 de agosto del 2017,
- III
- III.2. De la Conciliación
- A través del Auto Supremo 002/2017 de 9 de enero, este Tribunal, sentó las bases
- `(…) Como excepción al principio de legalidad referido se tiene el principio de oportunidad según
- `(…) Como emergencia de la aplicación del principio de oportunidad referido, están las salidas alternativas,
- De manera particular, la conciliación es una salida alternativa al juicio ordinario, consistente en resolver
- de extinción de la acción penal la conciliación en los casos previstos en ese Código,
- Es decir, de dichas normas el CPP al enumerar las causas de extinción de la
- Otro elemento que es relevante destacar, es que a partir del 7 de febrero de
- Este nuevo marco constitucional explica el por qué se sigue reconociendo a la conciliación en
- En concordancia, el art
- Este conjunto de normas legales permite concluir a partir de un análisis integral en armonía
- De lo expuesto, se establece que este Tribunal tiene competencia para resolver excepciones de extinción
- III.3. Análisis del caso concreto
- En el caso de autos, el excepcionista, refiere haber llegado a un acuerdo satisfactorio con
- Al respecto, de la Sentencia 23/2015 de 24 de julio, se establece que durante el
- En cuanto a la relevancia social del delito acusado al imputado, conforme lo descrito por
- Descripción del hecho, del cual se establece, que el hecho ilícito acusado al imputado, tuvo
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por los arts
- En cumplimiento de la Sentencia Constitucional 1061/2015-S2 de 26 de octubre, se advierte a
- Notifíquese a las partes conforme al art. 163 del CPP
- Regístrese y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
