Auto Supremo AS/0716/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0716/2017-RA

Fecha: 15-Sep-2017

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I.ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a)Por Sentencia 02/2016 de 29 de febrero (fs. 209 vta. a 210 vta.), el Juez Tercero de Instrucción del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, en atención a la solicitud de Procedimiento Abreviado, declaró a Eustacio Roca Aguilera, culpable del delito de Estafa agravada previsto y sancionado por el art. 335 con relación al art. 343 bis del CP, imponiendo la pena de siete años de presidio, más el pago de costas.

b)Contra la mencionada Sentencia, las acusadoras particulares Anna Mercurio, Nelva Rosio Sejas García, Norberto Wily Catari Bautista (fs. 216 a 220); y, Magaly Torrez Martínez en representación de los socios de la Cooperativa de ahorro y crédito “Nuestra Señora de Cotoca” (fs. 222 a 225), interpusieron recursos de apelación restringida, que fueron resueltos por Auto de Vista 78 de 30 de noviembre de 2016, dictado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, que declaró admisibles e improcedentes las cuestiones planteadas en los recursos; en consecuencia, confirmó la Sentencia apelada.

c)Por diligencias de 22 de febrero y 3 de marzo de 2017 (fs. 244 y 245), fueron notificadas las recurrentes con el referido Auto de Vista; y, el 3 y 8 de marzo del mismo año, interpusieron los recursos de casación que son objeto del presente análisis de admisibilidad