3)Refiere la recurrente, que el Tribunal de alzada en el punto 7mo, resolviendo la errónea
3)Refiere la recurrente, que el Tribunal de alzada en el punto 7mo, resolviendo la errónea aplicación de la norma sustantiva penal, previsto por el inc. 1) del art. 370 del CPP; empero, relacionado con la aplicación de los arts. 13, 37 y 38 del CP, en cuanto a la determinación de la pena, había establecido que la Sentencia en el acápite V, destinado a la exposición de motivos para la aplicación de la pena, se habría realizado un estudio minucioso de la personalidad de la acusada, determinando que la misma cuenta con antecedentes penales y un grado de educación superior: Cuando en apelación denunció que las agravantes determinadas por el de mérito, no tendrían respaldo probatorio, pues en juicio no se había judicializado ningún informe de registro de antecedentes penales, tampoco existiría prueba que acredite su grado de instrucción; aspectos que no fueron analizados por el Tribunal de apelación, quien no consideró lo expuesto en su recurso, dejando de lado que la acusadora particular actuó con negligencia al realizar una negociación ilícita, hecho que no había merecido respuesta por parte del Tribunal de alzada; motivo en el que invoca como precedentes contradictorios el Auto Supremo 050/2007 de 27 de enero, 113/2007 de 31 de enero y 038/2013 de 18 de febrero, los cuales son transcritos parcialmente por la recurrente
- Por memorial presentado el 15 de mayo del 2017, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- a los negocios con causa ilícita, refiriendo que en apelación citó como precedente contradictorio el
- 3)Refiere la recurrente, que el Tribunal de alzada en el punto 7mo, resolviendo la errónea
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
- En el caso de autos, se establece que el 8 de mayo del 2017, fue
- En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad, se establece que la recurrente
- En el segundo motivo de casación, la recurrente, haciendo remembranza del argumento del Tribunal de
- En el tercer motivo de casación, la recurrente haciendo remembranza de los argumentos expuestos por
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
