Auto Supremo AS/0756/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0756/2017

Fecha: 28-Sep-2017

Es preciso aclarar, que no obstante la impetrante en la presente recusación basa su pretensión


Es preciso aclarar, que no obstante la impetrante en la presente recusación basa su pretensión igualmente en la causal prevista en el art. 27.8 de la LOJ, por considerar que la Magistrada cuestionada manifestó su opinión sobre la pretensión litigada y que consta en actuados judiciales, los argumentos con los que pretende justificar dicha causal de igual forma fueron expuestos en la primera recusación, por cuanto alegó que las Magistradas entonces recusadas, con sus insistentes intervenciones y su falta de fundamentación en las mismas, como su informe ratificando irracionalmente su juzgamiento de 4 de enero de 2017, presentado en audiencia por mandado del Auto Constitucional 0253/2016-RCA, informe reiterativo del Auto Supremo 083/2016-RA, revelarían que no realizaron una revisión detallada de los documentos pertinentes, citando a continuación el recurso de casación y a la acción de amparo constitucional que interpuso contra el Auto Supremo señalado; actuaciones suscitadas en el proceso penal seguido por Difamación y otros, que conforme expuso la Sala Civil de este Tribunal, constituye un proceso penal diferente del actual; en consecuencia, corresponde rechazar in limine la recusación planteada, de acuerdo a los argumentos expuestos