Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0992/2017-RI
Fecha: 20-Sep-2017
Distrito: Santa Cruz
Distrito: Santa Cruz
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Partes: Rosa Marioly Saavedra Vda. de Portales. c/ Mary Carmen Lord Ishida
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Proceso: Ordinario de reivindicación, acción negatoria, desocupación y entrega de bien inmueble
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Distrito: Santa Cruz
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De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
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En el marco de lo preceptuado por el art
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III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
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II
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III
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En relación a lo anterior, el Autor nacional Gonzalo Castellanos Trigo en su obra “Análisis
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Es deber del recurrente citar en términos claros, concretos y precisos, la ley o leyes
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En relación a la admisibilidad corresponde señalar lo siguiente
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En ese sentido, cuando el recurso de casación se plantea reclamos en el fondo, esto
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De lo señalado, resulta evidente que la ahora recurrente no vincula esas supuestas controversias a
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Por lo expuesto, corresponde a este Tribunal emitir Resolución en la forma prevista por los
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POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
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Regístrese, notifíquese y devuélvase.
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