Señala que la resoluciones judiciales que reconoce el derecho de propiedad no pueden
Acusación violación del art. 1299 del Código Civil, parágrafo I del art. 213 y numeral 3), parágrafo II del art. 218 ambos del Código Procesal Civil, en el entendido que no puede prosperar la demanda de nulidad respecto del total de la trasferencia efectuado mediante el indicado documento incriminado sino únicamente de la alícuota parte que le corresponde, pues los demandantes solicitan la nulidad del documento de venta basado en el art. 1299 del CC, con relación a la fracción que pertenece a Modesta Ponce es decir sobre la mitad, por lo que la demanda planteada debe ser otorgada solo en esa parte, debiendo declararse probada la misma únicamente en lo concerniente a la transferencia efectuada por Modesta Ponce debiendo mantenerse subsistente y valido con todos sus efectos la venta efectuada por Serapio Ponce Paucara..
Contestación al recurso de casación
Señala que la resoluciones judiciales que reconoce el derecho de propiedad no pueden asumir postulados en contra del uso, goce y disfrute que constituyen elemento esenciales del ejercicio del derecho de propiedad a ese efecto cita la SCP 121/2012 de carácter vinculante que según su fundamento sería aplicable al presente caso y en cuanto a la inobservancia de la causal 3 del art. 549 del CC
Contestación al recurso de casación
Señala que la resoluciones judiciales que reconoce el derecho de propiedad no pueden asumir postulados en contra del uso, goce y disfrute que constituyen elemento esenciales del ejercicio del derecho de propiedad a ese efecto cita la SCP 121/2012 de carácter vinculante que según su fundamento sería aplicable al presente caso y en cuanto a la inobservancia de la causal 3 del art. 549 del CC
- Otra
- El Juez Publico Decimo en Materia Civil y Comercial de la ciudad de Sucre, dicta
- 2
- 3
- Recurso que mereció el Auto de Vista de fecha de 31 de agosto de 2016
- II. CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Por lo que la Sentencia ha infringió lo prescrito por el art
- Asimismo refiere que de la revisión de la Sentencia emitida en la presente causa se
- Señala que la resoluciones judiciales que reconoce el derecho de propiedad no pueden
- III. DOCTRINA LEGAL APLICABLE
- En mérito al principio de congruencia, toda Resolución debe reunir la coherencia procesal necesaria, que
- Al respecto, este Supremo Tribunal de Justicia a través de sus diversos fallos (Autos Supremos
- La Jurisprudencia Constitucional ha desarrollado asimismo el principio de congruencia en la Sentencia Constitucional Nº
- III.2.- De la nulidad en segunda instancia por incongruencia en la sentencia
- En principio corresponde precisar, que en su sentido restringido la congruencia es la
- Tomando como parámetro lo referido, ante la existencia de una resolución de primera instancia incongruente
- IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Del contexto de todo su reclamo se puede advertir que su fundamento gira en torno
- Refiere que de la minuciosa revisión de la sentencia se advertiría que la misma no
- Acusa violación del art
- Sobre lo acusado en principio corresponde referir que compartiendo el criterio vertido por los jueces
- Por los fundamentos expuestos corresponde emitir resolución conforme determina el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
