Auto Supremo AS/1018/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1018/2017

Fecha: 25-Sep-2017

Señala que la resoluciones judiciales que reconoce el derecho de propiedad no pueden

Acusación violación del art. 1299 del Código Civil, parágrafo I del art. 213 y numeral 3), parágrafo II del art. 218 ambos del Código Procesal Civil, en el entendido que no puede prosperar la demanda de nulidad respecto del total de la trasferencia efectuado mediante el indicado documento incriminado sino únicamente de la alícuota parte que le corresponde, pues los demandantes solicitan la nulidad del documento de venta basado en el art. 1299 del CC, con relación a la fracción que pertenece a Modesta Ponce es decir sobre la mitad, por lo que la demanda planteada debe ser otorgada solo en esa parte, debiendo declararse probada la misma únicamente en lo concerniente a la transferencia efectuada por Modesta Ponce debiendo mantenerse subsistente y valido con todos sus efectos la venta efectuada por Serapio Ponce Paucara..
Contestación al recurso de casación
Señala que la resoluciones judiciales que reconoce el derecho de propiedad no pueden asumir postulados en contra del uso, goce y disfrute que constituyen elemento esenciales del ejercicio del derecho de propiedad a ese efecto cita la SCP 121/2012 de carácter vinculante que según su fundamento sería aplicable al presente caso y en cuanto a la inobservancia de la causal 3 del art. 549 del CC