Auto Supremo AS/0006/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0006/2018

Fecha: 23-Ene-2018

VISTOS: El recurso de casación de fs

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 06
Sucre, 23 de enero de 2018

Expediente : 465/2016
Demandante : Simon Rojas Mendoza
Demandado : Eduardo Flores Escalera y Saturnina Soliz
Bautista
Proceso : Beneficios Sociales
Departamento : Chuquisaca
Magistrada Relatora: María Cristina Díaz Sosa

VISTOS: El recurso de casación de fs. 98 a 99 vta. interpuesto por Saturnina Soliz Baptista; y el recurso de casación de fs. 102 a 105 vta., interpuesto por Eduardo Flores Escalera representado por Jesús Marco Antonio Sandoval Castillo; impugnando el Auto de Vista Nº 610/2016 de 20 de octubre de fs. 92 a 95, pronunciado por la Sala Social y Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro del proceso de pago de beneficios sociales, seguido por Simon Rojas Mendoza contra los recurrentes; el Auto de 17 de noviembre de 2016 de fs. 109 que concedió el recurso de casación; el Auto Supremo Nº 414-A de fs. 115 que admitió el recurso; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
I.1 Antecedentes del Proceso
I.1.1 Sentencia
Que, tramitado el proceso laboral, la Juez Tercero de Partido de Trabajo y Seguridad Social, Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario de la ciudad de Sucre, pronunció la Sentencia Nº 44/2016 de 5 de abril de fs. 60 a 69 que declaró probada la demanda de fs. 8 a 11 y memorial de fs. 13, sin costas, disponiendo que se cancele a favor del demandante la suma de Bs. 29.522,47 por concepto de desahucio, indemnización, sueldo devengado, aguinaldos 2014 y 2015 por duodécimas y vacación. Asimismo, la actualización señalada en el art. 9 del DS 28699 de mayo de 2006 para que se califique en ejecución de sentencia.
I.1.2 Auto de Vista
En grado de apelación deducida por los demandados de fs. 76 a 79 vta., la Sala Social y Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, emitió el Auto de Vista Nº 610/2016 de 20 de octubre, que confirmó la Sentencia apelada