Que mediante los arts
Que mediante los arts. 7 y 29 de dicho DS, creó transitoriamente la Dirección de Liquidación de los indicados Entes, como un área organizacional del SENAPE que se encargará de la administración, supervisión y control de los procesos de liquidación de los mismos y en mérito a ello es que se designó al aludido liquidador para que se haga cargo de esas tareas, evidenciando la falta de legitimación de su persona para asumir representación como demandada en el presente proceso
- CONSIDERANDO: La indicada Directora General Ejecutiva del SENAPE, promovió incidente de nulidad de obrados, alegando
- Que mediante los arts
- Por su parte, el aludido Liquidador de los ex Entes Gestores de la Seguridad Social,
- Ambos solicitantes piden que se anule obrados hasta fs
- Conforme establece el art
- En el Numeral 9 de dicho art
- El art
- Esta liquidación se efectúa en aplicación del art
- En tal razón interpretando dichas normas en concordancia con el art
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Se hace constar que esta determinación se asume en mérito a los principios de celeridad,
- Regístrese y notifíquese.
