Que, interpuestos de esa manera los recursos de casación por ambas partes, es necesario precisar,
CONSIDERANDO II.
II.1. ESTUDIO DEL CASO Y JUSTIFICACIÓN DEL FALLO
II.2. Fundamentos Jurídicos del Fallo
Que, interpuestos de esa manera los recursos de casación por ambas partes, es necesario precisar, que la abundante doctrina y jurisprudencia de este Tribunal, ha establecido que el recurso de casación se equipara a una demanda nueva de puro derecho, en cuya formulación debe observarse el cumplimiento de los requisitos señalados en el art. 274 del Código Procesal Civil (CPC); así entonces, debe fundamentar, la parte recurrente, de manera precisa, concreta y clara, cuáles son las causas que motivaron la casación, sea en el fondo o en la forma, que normas fueron violadas, vulneradas o aplicadas erróneamente, demostrando en qué consiste la infracción que se denuncia o reclama, así como sugiriendo la posible solución jurídica a la controversia planteada
II.1. ESTUDIO DEL CASO Y JUSTIFICACIÓN DEL FALLO
II.2. Fundamentos Jurídicos del Fallo
Que, interpuestos de esa manera los recursos de casación por ambas partes, es necesario precisar, que la abundante doctrina y jurisprudencia de este Tribunal, ha establecido que el recurso de casación se equipara a una demanda nueva de puro derecho, en cuya formulación debe observarse el cumplimiento de los requisitos señalados en el art. 274 del Código Procesal Civil (CPC); así entonces, debe fundamentar, la parte recurrente, de manera precisa, concreta y clara, cuáles son las causas que motivaron la casación, sea en el fondo o en la forma, que normas fueron violadas, vulneradas o aplicadas erróneamente, demostrando en qué consiste la infracción que se denuncia o reclama, así como sugiriendo la posible solución jurídica a la controversia planteada
- Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
- CONSIDERANDO I
- I.2 Auto de Vista
- Dicha sentencia fue recurrida en apelación por la parte demandada (fs
- El mencionado Auto de Vista originó que la compañía demandada formule el recurso de casación
- Por otra parte señalo que no se ha valorado que la empresa demandada tenía como
- Finalmente manifestó que la sentencia no cumplió con la objetividad que debe ser dictada y
- De la revisión de los antecedentes se advierte que David Agel Torrez Ortega, responde al
- Asimismo señalo que referente a la exclusividad, se ha demostrado con prueba idónea la exclusividad
- Finalmente manifestó que esos aspectos fueron valorados por el juez de primera instancia a momento
- Concluyo solicitando que se dicte resolución infundada a los argumentos vertidos en el recurso de
- Por otra parte señaló que el juez olvido adecuar la sentencia al art
- De la revisión de los antecedentes se advierte que Aldo Gerardo Del Pozo Carafa en
- Que, interpuestos de esa manera los recursos de casación por ambas partes, es necesario precisar,
- Asimismo, cabe recordar que conforme al art
- Bajo este contexto, en el caso concreto, se advierte que los recursos de casación propuestos,
- En ese sentido, mal podría este Tribunal casar un Auto de Vista sin que ambas
- Por lo señalado, corresponde resolver los recursos de casación planteados, conforme a la disposición legal
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
