Auto Supremo AS/0305/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0305/2018

Fecha: 03-Oct-2018

Auto de Vista

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA
ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y
ADMINISTRATIVA
SEGUNDA


Auto Supremo Nº 305/2018
Sucre, 3 de octubre de 2018
Expediente: SC-CA.SAII-OR 157/2017
Distrito: Oruro
Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 51 a 53, interpuesto, por la parte demandada, Gobierno Autónomo Municipal de Oruro, contra el Auto de Vista Nº 29/2017 AV-SECCASA de 9 de marzo 2017, emitido por la Sala Especializada Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social-Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, cursante de fs. 46 a 47, emitido dentro del proceso social por cobro de beneficios sociales, seguido a demanda de Roberto Cáceres Mamani, contra la parte recurrente, la contestación al recurso de fs. 57 a 58 vta., el Auto de fs. 59, por el que se concedió el recurso y el Auto Supremo Nº 157/2017-A de 28 de abril de 2017, por el que se admitió el recurso por este Tribunal, los antecedentes del proceso y,
I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
Sentencia:
Tramitado el proceso laboral, el Juez Primero de Trabajo y Seguridad Social, Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario de la Capital Oruro-Bolivia, emitió la Sentencia de Nº 067/2016 de 7 de abril de 2016 (fs. 26 a 29 vta.), por la que declaró PROBADA la demanda social de fs. 4 a 4 vta., en lo que corresponde al pago de desahucio y la actualización y multa del 30 % por retraso en el pago de beneficios sociales, disponiendo que en ejecución de sentencia deberá aplicarse lo preceptuado por el art. 9 del D.S. Nº 28699 de 1 de mayo de 2006, sin costas por ser institución estatal; así como a tercero día de ejecutoriada la misma, se cancele al demandante los derechos sociales que le asisten, correspondientes al desahucio de Bs. 22.846,50.-
Auto de Vista:
En mérito al recurso de apelación, promovido por la parte demandada, el Gobierno Municipal Autónomo de Oruro, conforme consta en el memorial de fs. 31 a 32, la Sala Especializada Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social-Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, mediante Auto de Vista Nº 29/2017 AV-SECCASA de 9 de marzo 2017, cursante a fojas 46 a 47, CONFIRMÓ la Sentencia apelada Nº 067/2016 de 7 de abril de 2016, sin costas, en aplicación del art. 39 de la Ley Nº 1178