Auto Supremo AS/0305/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0305/2018

Fecha: 03-Oct-2018

En consecuencia, al advertirse que no son evidentes las infracciones alegadas en el recurso, corresponde

En consecuencia, al advertirse que no son evidentes las infracciones alegadas en el recurso, corresponde aplicar el artículo 220-II del Código Procesal Civil, con la facultad remisiva del artículo 252 del Código Procesal del Trabajo