El recurso de “apelación”(sic) de fojas 109 y vta
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
Auto Supremo 344/2018
Sucre, 31 de octubre de 2018
Expediente: SC-CA.SAII-LP 214/2017
Distrito: La Paz
Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
VISTOS:
El recurso de “apelación”(sic) de fojas 109 y vta., interpuesto por Cesar David Zambrana Raich en representación legal de la Empresa Autoestética S.R.L., contra el Auto de Vista 166/2016-SSA-I, de fs. 106 y 107, emitido por la Sala Social Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso social por cobro de beneficios sociales seguido por José Marcelo Cuadros de Bejar contra la empresa recurrente, el Auto 124/17 de 26 de abril de 2017 (fs. 115) que concedió el recurso, los antecedentes procesales, y:
I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
I.1.- Sentencia
Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Cuarto de Trabajo y Seguridad Social del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emitió la Sentencia 283/2015 de 28 de diciembre (fs. 89 a 94), declarando probada en parte la demanda de fojas 3-6 y 8-9, debiendo la empresa demandada cancelar el monto reconocido a fs. 31 de Bs. 38.237,51 más el 30% de multa Bs. 11.471,25 haciendo un total de Bs. 49.708,76 por concepto de derechos laborales. Monto que deberá actualizarse de acuerdo a la UFV a momento de su pago
SEGUNDA
Auto Supremo 344/2018
Sucre, 31 de octubre de 2018
Expediente: SC-CA.SAII-LP 214/2017
Distrito: La Paz
Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
VISTOS:
El recurso de “apelación”(sic) de fojas 109 y vta., interpuesto por Cesar David Zambrana Raich en representación legal de la Empresa Autoestética S.R.L., contra el Auto de Vista 166/2016-SSA-I, de fs. 106 y 107, emitido por la Sala Social Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso social por cobro de beneficios sociales seguido por José Marcelo Cuadros de Bejar contra la empresa recurrente, el Auto 124/17 de 26 de abril de 2017 (fs. 115) que concedió el recurso, los antecedentes procesales, y:
I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
I.1.- Sentencia
Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Cuarto de Trabajo y Seguridad Social del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emitió la Sentencia 283/2015 de 28 de diciembre (fs. 89 a 94), declarando probada en parte la demanda de fojas 3-6 y 8-9, debiendo la empresa demandada cancelar el monto reconocido a fs. 31 de Bs. 38.237,51 más el 30% de multa Bs. 11.471,25 haciendo un total de Bs. 49.708,76 por concepto de derechos laborales. Monto que deberá actualizarse de acuerdo a la UFV a momento de su pago
- El recurso de “apelación”(sic) de fojas 109 y vta
- En grado de apelación, por Auto de Vista Nº 166/2016 de 29 de septiembre (fs
- Que, del referido Auto de Vista, Cesar David Zambra Raich en representación de la Empresa
- Asimismo, sobre la VACACION, “…la gestión 2014 y duodécima gestión 2015, no le corresponde porque
- Concluyó el memorial solicitando revocar la resolución de alzada
- III.1. El Recurso de Casación
- Conforme se ha establecido ampliamente sobre la naturaleza del Recurso de Casación y su objetivo
- Las exigencias descritas tienen por finalidad que el recurrente debe considerar y tener presente que
- En cambio el recurso de casación en la forma busca anular determinadas actuaciones procesales en
- Que, así expuestos los fundamentos del recurso, para su resolución es menester realizar las siguientes
- Sin embargo, pese a estos defectos que carece el memorial de recurso de “apelación” (sic)
- En esa línea jurisprudencial este Tribunal Supremo de Justicia se ha pronunciado mediante la Sala
- Tercero, respecto al reclamo sobre la vacación, la empresa recurrente a más de señalar que
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda, del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
