Auto Supremo AS/0533/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0533/2018

Fecha: 02-Oct-2018

Conclusión

Conclusión:
Por consiguiente, se establece que no son evidentes las infracciones acusadas en el recurso de casación, en consecuencia, corresponde aplicar el artículo 220-II del CPC-2013, por la permisión de la norma remisiva, contenida en el art. 252 del CPT