Auto Supremo AS/0548/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0548/2018

Fecha: 02-Oct-2018

Sin costas en aplicación del art

En mérito a lo expuesto y no encontrándose fundados los motivos traídos en casación por la parte demandada, corresponde dar aplicación al art. 220-II del CPC-2013, aplicable en la materia por expresa determinación del art. 252 del CPT.
POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en los arts. 184-1 de la Constitución Política del Estado y 42-I-1 de la Ley del Órgano Judicial, declara INFUNDADO el recurso de casación en el fondo interpuesto por el Servicio Departamental de Caminos Chuquisaca, de fs. 104 a 107; en consecuencia se mantiene firme y subsistente el Auto de Vista N° 290/2017 de 17 de mayo.
Sin costas en aplicación del art. 39 de la Ley Nº 1178 de 20 de julio de 1990, y del el art. 52 del DS Nº 23215 de 22 de julio de 1992