Auto Supremo AS/0933/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0933/2018-RA

Fecha: 16-Oct-2018

Finalmente respecto al tercer motivo, en el que reclama que el Auto de Vista recurrido


Finalmente respecto al tercer motivo, en el que reclama que el Auto de Vista recurrido ante el defecto del art. 370 inc. 6) del CPP, no valoró, que fue condenado con una pena privativa de libertad de 25 años solo por la declaración del asignado al caso sin tener ningún elementos material que determine la autoría del delito, tampoco consideró las contradicciones que presentó el informe psicológico, alegando la perito psicóloga en defensa de su informe, que son errores de ”taypeo”, sobre el presente, invocó los Autos Supremos 223/2013-RRC de 18 de septiembre, “242/05”, 276/2007 de 5 de octubre, 305/2006 de 25 de agosto y 59/2006 de 27 de enero; sin embargo, se tiene que el presunto defecto denunciado hubiere surgido a momento de pronunciarse la Sentencia, entonces, por determinación del art. 416 segundo párrafo del CPP, los precedentes debieron ser invocados en la formulación del recurso de apelación restringida lo que no ocurrió, y en casación, la parte recurrente en observancia del segundo párrafo del art. 417 del CPP, tenía la carga procesal de señalar en términos claros y precisos, la contradicción existente entre el Auto de Vista impugnado y los precedentes invocados