De la revisión de obrados, se establece que en Sentencia el Juez a quo, efectúa
De la revisión de obrados, se establece que en Sentencia el Juez a quo, efectúa una relación de la prueba presentada por la parte actora, sin que se haya demostrado lo sostenido en la demanda, fallo que fue confirmado por el Tribunal de alzada, quien al contrario de lo aducido por la parte recurrente: a) Efectúa una síntesis de las atestaciones prestadas por los testigos de cargo, que para el caso de José Antonio Lopez Gutierrez señalo que desconocía el testimonio Nº 169/2015 de 19 de mayo de 2015 ni de la existencia de un préstamo de dinero, su desembolso, si sabe de una deuda entre Jhonny Chive y Hugo Vargas Palenque. Respecto a la declaración de Johnny Marcial Chive Gonzales, este refirió otro documento de préstamo de dinero, que su madre no conoce la notaria donde se firmó el protocolo, que además no puede desplazarse con facilidad porque le amputaron cuatro dedos del pie, que la deuda contraída no fue con su madre, existiendo diferencia en tiempo y espacio porque se encontraba en Segundo Comandante de Riberalta. Con relación a la atestación de Irma Rossi Morales Vaca de Chive esta indico que el motivo de la suscripción del testimonio Nº 169/2015 fue un engaño y producto de un supuesto préstamo de dinero y que el préstamo fue con Jhonny Chive Gonzales por la suma de $us. 8000 y su suegra Evangelina Gonzales fue poner en prenda los papeles de su casa por la deuda, afirmando también que en el mes de mayo de 2015 se encontraba en Riberalta
- Distrito: Beni
- Contra la referida Resolución, Evangelina Gonzales Reinaga interpuso recurso de apelación por memorial de fs
- Refiere que de acuerdo a las fotocopias legalizadas de su cedula de identidad de fs
- Alega también que de forma inexplicable se afirmó que la prueba testifical, confesión judicial y
- Arguye que el Tribunal ad quem distorsionó lo afirmado por el Juez a quo en
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- CONSIDERANDO III
- En el Auto Supremo Nº 518/2018 de 8 de septiembre se ha señalado sobre la
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- III.2. Del principio de accesibilidad y verdad material
- El art
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- José Deker Morales en su obra Código de Procedimiento Civil Comentado y Concordado, Pág
- Los hechos y los actos jurídicos dice Couture son objetos de afirmación o negación en
- Sin embargo a nosotros nos interesa ubicar a la prueba en el sentido procesal; en
- Asimismo debemos tener en cuenta ciertos principios referidas a las pruebas, entre las cuales tenemos
- El Auto Supremo Nº 410/2015 de 9 de junio, ha señalado que: “…es facultad privativa
- CONSIDERANDO IV
- a) Distorsionó las atestaciones de José Antonio Lopez Gutierrez, Johnny Marcial Chive Gonzales e Irma
- b) Que según la confesión del demandado Hugo Vargas Palenque, no recuerda en que momento
- d) Observa que el préstamo es del 9 de julio de 2014 y fue protocolizado
- e) Niega haber presenciado el préstamo efectuado a su hijo Johnny Marcial Chive Gonzales
- De la revisión de obrados, se establece que en Sentencia el Juez a quo, efectúa
- Asimismo en cuanto a que no se apreció: b) La confesión del demandado Hugo Vargas
- Razones por las que al haberse advertido que el Auto de Vista responde congruentemente a
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Se regula honorario profesional en la suma de Bs
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Dr. Juan Carlos Berrios Albizú.
